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Conclusiones del Simposio de Mediación y Tribunales

Oct 6, 2020

CMEM Conclusiones Simposio

Como comentamos hace unos días recientemente se ha celebrado el IV Simposio Mediación y Tribunales, organizado por la sección española del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (“GEMME”).

Datos del IV Simposio de Mediación y Tribunales

Se ha celebrado todas las tardes del 21 al 25 de septiembre y a él han asistido casi 700 personas de 25 países distintos entre los que se encuentran jueces y magistrados, abogados, mediadores, psicólogos, docentes y otras profesiones con interés en los métodos alternativos de resolución de conflictos.

Agenda del Simposio de Mediación y Tribunales

Cada día se debatía sobre una temática diferente:

  • Lunes: “La mediación en el escenario post-COVID19”;
  • Martes: “Transformación digital en mediación y mediación electrónica”;
  • Miércoles: “La mediación como respuesta al aumento de la litigiosidad”;
  • Jueves: “Mediación preventiva, rehabilitadora y creativa”; y
  • Viernes: “El mañana es hoy, encarando retos, enfrentando desafíos”.

Como se puede observar, se abordaron temas controvertidos y actuales en los que la mediación cobra especial interés.

En este sentido, hubo ponencias sobre la utilidad de la mediación en el ámbito empresarial, familiar y laboral, pero también se afirmó que la mediación podía ser útil para tratar de resolver asuntos de violencia de género y se debatió sobre la mediación preventiva y la llamada justicia restaurativa.

DESTACAMOS DESDE EL CMEM

Desde el Centro de Mediación Empresarial de Madrid, y con base en lo que se comentó durante las ponencias del IV Simposio Mediación y Tribunales, queremos destacar lo siguiente:

  • La mediación es un procedimiento más económico y rápido que un juicio. Además, la mediación procura mantener la relación entre las personas, ya que la decisión no viene impuesta si no que son ellas mismas las que proponen las soluciones.
  • Por la situación de la pandemia, se ha comprobado que la mediación es un instrumento útil, que responde de manera eficaz y rápida a las necesidades de las personas y que reduce, a su vez, la carga que sufren los tribunales.
  • Se ha puesto énfasis en que para seguir impulsando su práctica se apuesta porque los abogados tengan conocimiento sobre la mediación e informen a sus clientes sobre todas las posibilidades que hay de solventar el conflicto.
  • Los Online Dispute Resolution (“ODR”) derivan de los mecanismos alternativos de resolución de controversias (Alternative Dispute Resolution o “ADR”) así que están encaminados a que las personas logren:
    • comunicarse,
    • alcanzar acuerdos y
    • resolver conflictos,

pero, a través de medios digitales.

  • La mediación electrónica o realizada por medios electrónicos es una realidad.

En un principio se utilizaba para dirimir controversias de carácter mercantil en el comercio en línea, pero actualmente esta práctica se ha extendido y goza de diversas ventajas como, por ejemplo:

  • evita que las personas se trasladen reduciendo así costes;
  • la seguridad se mantiene a través de sistemas blockchain; y
  • se reduce la utilización de papelería.

 

En el acto de clausura del IV Simposio Mediación y Tribunales se expusieron un total de 17 conclusiones.

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