Designación de Mediadores
Designación de Mediadores
El Centro de Mediación Empresarial de Madrid anima a las partes que acuden a un proceso de mediación para que designen conjuntamente al mediador o mediadores.
Para aquellos casos en los que no sea posible y sea el Centro de Mediación Empresarial de Madrid el que tenga que designar al mediador o mediadores, el Centro considera el asunto concreto y realiza un análisis de la formación, trayectoria y experiencia de los candidatos, con el fin de designar al mediador o mediadores idóneos para el conflicto concreto.
En este proceso tradicionalmente el Centro consultaba su lista de mediadores (que tenía carácter orientativo), pudiendo el Centro designar mediadores no incluidos en la lista si lo consideraba apropiado. Sin embargo, el 30 de junio de 2020 se acordó eliminar la lista.
Según se establece en el Reglamento del Centro de Mediación Empresarial de Madrid, las partes tienen libertad para elegir al mediador o mediadores de mutuo acuerdo. De no lograrse dicho acuerdo, será el CMEM el que procederá al nombramiento.
Para el nombramiento de uno o varios mediadores, el CMEM seguirá las pautas que contemplan tanto la designación de una persona específica como el recurso a los sistemas de listas de candidatos, sobre los cuales las partes expresan sus preferencias.
Para más información sobre el procedimiento de designación de mediadores:
Comisión de Designación de Mediadores.