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Tomás Villatoro Gonzalez – Mediación Comisión Consultiva

Abr 9, 2021

Tomas Villatoro - CMEM

Miembros de las Comisiones Consultivas del Centro de Mediación Empresarial de Madrid (“CMEM”)

 

Hoy hemos tenido la suerte de estar con Tomás Villatoro González, Presidente de la Comisión Consultiva de Mediación Concursal del CMEM, y muy amablemente nos ha respondido a unas preguntas sobre la Mediación y el Centro de Mediación Empresarial de Madrid, que os trasladamos:

  • ¿Desde hace cuánto tiempo eres mediador / mediadora?

Vengo ejerciendo la actividad de mediación desde hace ocho años.

  • ¿A qué Comisión Consultiva de mediación del CMEM perteneces?

A la Comisión Consultiva de Mediación Concursal del CMEM.

  • ¿Por qué te decidiste por esa Comisión Consultiva?

El CMEM me propuso participar en la Comisión Consultiva de Mediación Concursal, sumamente especializada, para la que se precisa ostentar la doble condición de mediador y de administrador concursal; actividades aparentemente alejadas, pero que en el fondo persiguen alcanzar acuerdos que permitan, en este caso a los deudores, superar una situación de insolvencia y reanudar su actividad o comenzar otra con un planteamiento económicamente ordenado, y a los acreedores recuperar, al menos parcialmente, sus créditos en un plazo mayor o menor de tiempo.

  • ¿Cómo conociste el CMEM?

A través de la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid.

  • ¿Qué crees que aporta el CMEM hoy en día a las empresas? ¿y a las empresas familiares?

El CMEM aporta a las empresas la posibilidad de emplear un método de solución alternativa de disputas cuya eficiencia se encuentra acreditada -la mediación-, con una gestión sumamente profesional, dada la capacidad y el conocimiento de las personas que integran el Centro, lo que garantiza una adecuada administración del procedimiento y, al propio tiempo, la selección y designación de mediadores sumamente cualificados.
En el caso de las empresas familiares, a lo anterior debe añadirse la importancia de utilizar métodos de solución de conflictos ajenos a la judicialización en relaciones tan estrechas como las que se producen entre los familiares que comparten la propiedad de una sociedad, y aprovechándose, al propio tiempo, de la confidencialidad propia de la mediación, lo que evita un conocimiento público de las disputas internas y facilita su resolución

  • ¿Cuáles crees que son los retos a los que la mediación se enfrenta hoy en día?

En mi opinión, el principal reto a que se enfrenta la mediación es el del conocimiento por la sociedad de sus innegables ventajas. En España todavía falta una “cultura” de mediación, que debe comenzar por las escuelas y por su promoción pública.
Relacionada con lo anterior, también se encuentra la necesidad de establecer una cierta “obligatoriedad” en su aplicación -como ocurre en otros países- como medio de solución de controversias previo a la sumisión judicial o arbitral.
Por último, la necesidad de empoderar el trabajo de los mediadores, de tal manera que se reconozca la importancia de su actividad, que puede evitar miles de juicios interminables que no terminan de resolver las circunstancias en muchos casos “poliédricas” de los conflictos.

  • ¿Cómo consideras que la mediación puede ayudar a las empresas y empresarios? ¿y la mediación concursal?

Como bien sabemos, entre las principales ventajas de la mediación se encuentran, la confidencialidad, la rapidez o su menor coste, si bien, en mi opinión, de cara a la empresa, la mayor ventaja, es que sirve para “construir puentes”, de tal manera que en caso de conflicto entre un empresario y su proveedor y/o su cliente, acudir a la mediación para buscar una solución puede evitar una ruptura definitiva y, en consecuencia, permitir una ulterior reanudación de las relaciones comerciales y personales.
En el caso concreto de la mediación concursal, si el empresario en dificultades se adelanta con una propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos rigurosa y realizable puede evitar la liquidación de su empresa en un concurso consecutivo y pactar con sus acreedores unas quitas y esperas admisibles que le permitan continuar con su actividad, creando riqueza y puestos de trabajo.
En un plano más crítico, en relación a la mediación concursal, deben resolverse una serie de ineficiencias que están impidiendo su adecuado desarrollo, más allá del objetivo de conseguir el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, para lo que estamos trabajando desde la Comisión de Mediación Concursal de CMEM.

Muchas gracias, Tomás Villatoro, por darnos tu punto de vista, sobre la mediación.

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