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Entrevista Marlen Estévez

Nov 21, 2023

Presidenta Centro de Mediación Empresarial de Madrid

  • El Centro de Medicación de la Cámara de Comercio de Madrid comienza una nueva andadura con usted al frente, ¿qué se espera de esta nueva etapa?

Nuestro objetivo es consolidar la mediación como método de resolución de disputas de forma autónoma al resto de métodos, en particular, del arbitraje ya que en los últimos años han ido siempre de la mano, a pesar de ser mecanismos completamente independientes.

Asimismo, se pretende afianzar el Centro de Mediacion Empresarial como institución de referencia en la materia. Queremos dar a conocer la mediación a todas las empresas y profesionales para que puedan valerse de sus ventajas. Y ello, ya que actualmente es una alternativa prácticamente desconocida, aunque muy útil para resolver conflictos tanto internos como externos en una organización. A este desconocimiento, se suma que en España no tenemos arraigada la cultura del acuerdo, por lo que nuestro objetivo será también impulsar la misma.

Por otra parte, no solo se van a realizar tareas de divulgación y comunicación, si no que se fomentará la formación de las generaciones presentes y futuras de mediadores y abogados que entienden la mediación como una fórmula idónea para satisfacer las necesidades de los operadores jurídicos, de resolver sus desafíos legales de una forma distinta, más eficiente, rápida y económica.

Nuestro objetivo es promover los más altos estándares de calidad y exigencia, tanto de los centros de mediación como de los propios mediadores españoles, pues entendemos que esto reforzará el papel de España como un importante centro internacional de resolución de controversias.

  • Cuenta con una prolífica carrera de ámbito internacional y una amplia experiencia en la resolución de conflictos en grandes firmas. ¿Cómo afronta ahora este cargo al frente del Centro de Medicación de la Cámara de Madrid?

Estudié en Suiza y posteriormente, trabajé en Londres en un despacho inglés. Allí, conocí de primera mano las ventajas de este método de resolución de conflictos y desde entonces soy una auténtica convencida de la mediación.

Mi regreso a España coincidió además con la aprobación de la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles del año 2012, fecha desde la que he estado volcada en esta materia. Además, participo en numerosas instituciones educativas dando a conocer los distintos métodos de resolución de conflictos existentes y promocionando entre el empresariado español las ventajas de este método de resolución de conflictos.

En cuanto a este reto, lo afronto con ilusión y muchas ganas, son grandes objetivos los que nos hemos marcado para su fomento en España y conseguir aumentar la celebración de mediaciones comerciales tanto nacionales como internacionales.

  • ¿Qué ventajas diría que ofrece a las empresas la mediacion?

Las partes que enfrentan una disputa a menudo pasan por alto las ventajas de la mediación, en comparación con el arbitraje o el litigio. Los procedimientos de mediación son confidenciales, menos costosos que el arbitraje o el litigio y, por lo general, resuelven las disputas mucho más rápidamente y, al mismo tiempo, causan menos daño a la relación existente entre las partes.

Importante destacar igualmente que la mediación es un procedimiento  flexible, que puede adaptarse a las necesidades de las partes, incluidos sus antecedentes culturales y legales, y las características específicas de la disputa. Al establecer y llevar a cabo la mediación, el mediador se guía por los deseos de las partes y las trata con justicia e imparcialidad.

Además, el proceso de mediación permite a las partes llegar a acuerdos sobre soluciones que no podrían lograrse mediante un proceso adjudicativo como el arbitraje o el litigio y que, por lo tanto, no estarían disponibles mediante la emisión de un laudo arbitral o una decisión judicial. Por ejemplo, la solución preferida de las partes a una disputa contractual puede ser renegociar los términos del contrato. La renegociación de un contrato es posible en la mediación, mientras que es poco probable que exista una base legal para buscar dicha reparación en un arbitraje o litigio.

En definitiva, la mediación puede ser una herramienta particularmente útil cuando las partes en disputa tienen una relación continua (como una empresa conjunta o un contrato de suministro a largo plazo), pues entre otras cosa, es probable que la mediación perjudique menos esa relación que el litigio o el arbitraje.

  • ¿Qué ventajas diría que ofrece a las empresas el Centro de Mediación a la hora de la resolución de conflictos?

El Centro de Mediacion de la Cámara de Comercio ofrece a sus clientes acceso a mediadores muy cualificados. Líderes reconocidos en ADR, equipados con la perspicacia legal y comercial, la credibilidad y las habilidades de resolución necesarias para resolver los asuntos más polémicos y complejos.

Desde el centro ofrecemos una dirección profesionalizada del proceso, facilitando unas instalaciones adaptadas para aplicar las últimas tecnologías para llevar a cabo la mediación presencial u online y aseguramos el adecuado desarrollo del proceso. Es decir, trabajamos diligentemente en cada paso del camino (desde las llamadas previas a la mediación y la preparación hasta el seguimiento posterior a la mediación) para ayudar a todas las partes a llegar al mejor resultado posible para su disputa.

Es importante destacar que el Centro cuenta con un Reglamento modificado recientemente, en enero de 2022, que esta a la vanguardia de las ultimas tendencias y que ha contado con la colaboración y conocimiento previos de una amplia representación de instituciones y profesionales de reconocido prestigio en el ámbito de resolución alternativa de conflictos, así como consultado con empresas punteras en sus sectores empresariales específicos.

  • ¿Cuáles son los principales desafíos a los que se enfrenta la mediación?

Desde mi punto de vista el principal reto es aumentar su popularidad y  su uso. Es decir, que sea un método conocido y al que recurrir con carácter prioritario.  Necesitamos que se incluyan en los contratos, clausulas de resolución de conflictos que contemplen la mediación como paso previo. Y para ello, debemos dar a conocer las ventajas culturales, económicas y reputaciones que ofrece a las empresas. Todo ello sin olvidar que aquí los abogados jugamos un rol fundamental, porque además tenemos el deber deontológico de dar a conocer a nuestros clientes todas las opciones posibles que tienen cuando se enfrenta a un conflicto, entre las cuales debería valorarse siempre la mediación.

  • ¿De qué modo ha evolucionado la mediación empresarial en la región en los últimos años?

La implantación de la mediación está siendo lenta y desigual en España y en Europa. Tras la aprobación de la Directiva Europea en 2008 de la mediación en asuntos civiles y mercantiles se pensó que todo el trabajo estaba hecho y la realidad ha venido a demostrar que esto no es así. No se ha conseguido afianzar este método de resolución de conflictos y no todos los profesionales ofrecen esta vía de resolución a los clientes entre las opciones que proponen. Falta cultura del acuerdo. Falta cultura de la mediación. Tenemos que pasar de la cultura del litigio a la cultura del acuerdo.

Es por ello que es tan importante la labor de divulgación de este sistema y trabajar mano a mano con:

    • Empresarios, para dar a conocer este método y entender de primera mano cuáles son los óbices que encuentran las empresas para recurrir a la mediación
    • las Universidades, pues las nuevas generaciones pueden ser unos magníficos aliados de la mediación ya que se muestran muy receptivas a esta forma de solucionar las disputas mucho más colaborativa y sostenible
    • los directores de asesoría jurídica de las organizaciones y los abogados de despacho que son quienes pueden incorporar sus cláusulas con anterioridad al litigio o promover el convenio cuando el litigio ha surgido.

Sin duda, junto a estas medidas en el ámbito privado también ayudarán a fomentar y consolidar este sistema, las medidas legislativas, entre las que se encuentra la aprobación de la Ley de Medidas de Eficiencia Procesal, que trabajará sobre una suerte de quasi obligación o voluntariedad mitigada para que las partes se planteen seriamente el acudir a un proceso de mediación con anterioridad a iniciar un procedimiento judicial o arbitral.

En definitiva, se ha hecho mucho, pero tenemos que ser conscientes que queda mucho por hacer. El reto está servido.

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